Amparos no suspenden facultades del Congreso del Estado para consulta libre de reforma a Ley Orgánica de la UAS: Inzunza Cázarez

Las demandas de amparo han sido interpuestas sólo por personas físicas y en caso de resolverse a su favor, sus efectos serían sólo para el promovente y no para la institución.

CULIACÁN.- La Universidad Autónoma de Sinaloa como institución no ha promovido demandas de amparo contra la Ley de Educación Superior de Sinaloa recientemente aprobada por los diputados de la 64 Legislatura del Congreso del Estado, precisó el Secretario General de Gobierno, Enrique Inzunza Cazárez durante la Conferencia Semanera que encabezó esta mañana el Gobernador Rubén Rocha Moya, detallando que los juicios de amparo que han trascendido mediáticamente han sido interpuestos por consejeros universitarios y en su parte médular, sólo impugnan ciertos artículos, más no la ley en su totalidad.

Inzunza Cázares indicó que el juicio de amparo se compone de varias etapas y previo a su resolución hay que cumplir las diferentes fases que tienen que ver con el derecho de audiencia, señalando que estos amparos están en su parte inicial y la suspensión que se ha mencionado, tiene el carácter de provisional y será hasta el desahogo total del procedimiento cuando se determine si se resuelve o no en favor del promovente, más no en lo que respecta a la institución, por lo que la decisión no afecta las facultades del Congreso del Estado en relación a la consulta.

«Si se confirmara esa suspensión será únicamente válida para las personas que promovieron los amparos, personas físicas, pero de ninguna manera significa que se invalide, que se obstruya, que se detenga, que se suspendan las facultades que el Congreso tiene conferidas también por la Constitución y la ley para proseguir las etapas que corresponda o que estime pertinentes en este proceso, específicamente la consulta», precisó el Secretario General.

Además, enfatizó que este aspecto ha generado confusión, por lo que resulta indispensable aclarar que la universidad carece de legitimación para acudir al juicio de amparo como medio de defensa.

«La UAS podría hacerlo si estuviéramos hablando de un acto que afecta su condición de persona moral en su patrimonio, pero esto no tiene que ver con el patrimonio de la universidad, tiene que ver con otro tipo de cuestiones y finalmente, lo que tenemos hoy como hechos tangibles, constatables, es que se han promovido amparos únicamente por personas físicas, universitarios y no contra toda la ley, sino ciertos artículos que son los susceptibles de generarles a ellos alguna afectación, pero un proceso de consulta no está cuestionado porque eso no les genera ninguna afectación a ellos como persona», expresó el Secretario General.

Finalmente, reiteró que el Gobierno del Estado no es parte de estos amparos ya que no fueron promovidos en contra del Poder Ejecutivo y realizó un llamado para brindar información precisa y certera, evitando así confusiones.